28 noviembre 2010

Carta Urgente a los Propietarios.

Estimados Propietarios de Las Haciendas:

Sirva la presente para llamar su atención acerca del reciente micro televisivo que, a traves de la Ley Resorte, se ha estado transmitiendo por los medios televisivos del pais. Queremos compartir con ustedes nuestra preocupacion, de que esta iniciativa pueda llevar a la toma de la obra bajo los mismo argumentos con que, a lo largo de estas cuatro semanas, se han venido realizando expropiaciones, ocupaciones temporales, etc.

         Del mismo modo, nos preocupa que el día jueves 25 de noviembre de 2010, se suspendieron alrededor de 20 firmas, argumentando imposibilidad de traslado del Registro como consecuencia de un acto relacionado a otro proyecto cercano en la zona. Este procedimiento es muy parecido al que sucedió en otras ocasiones, donde se inicio con la prohibición de enajenar y gravar de Indepabis, para luego tomar la medida de ocupación, y finalmente la medida de expropiación, luego adjudicación de los inmuebles que estaban listos para la protocolizacion y que con la primera medida se hacian imposible entregar. Los primeros inmuebles expropiados ya se empezaron a adjudicar directamente a través de los órganos del Estado y quedando en espera de una protocolizacion futura una vez resuelto todos los requisitos legales. En nuestra opinion, no tiene sentido la toma de proyectos que ya se encuentran en la fase final de construccion, y donde los procesos de protocolizacion ya se encuentran en marcha, y donde no existian denuncias hasta este momento.

             En el micro de aproximadamente dos minutos, el cual fue presentando a través de los espacio que todos los canales están obligados a transmitir por la Ley Resorte, un cliente y periodista del canal del Estado (VTV), indica que ha sido víctima por parte de Las Hacienda alegando impresiciones, medias verdades tergiversadas, y frases fuera de contexto con una clara mala intensión, como se evidencia al decir que ha firmado varios contratos con precios distintos. Como es de su conocimiento, la empresa firma un único contrato, y al momento de la protocolización realizamos un adendum para fijar el precio definitivo de venta según lo establecido en el contrato firmado por las partes, respetando la resolución 110.

             Tenemos motivos para pensar que vienen este tipo de medidas contra el conjunto residencial Las Haciendas, y sabemos que la única forma para evitarlo es la participación activa de los compradores y de los propietarios. En este sentido, les solicitamos que analicen todo lo que está sucediendo y como promisarios, actuales y futuros propietarios, decidan qué es lo mejor para ustedes y tomen la acciones necesarias para que obtengan la propiedad de su vivienda lo antes posible. Finalmente, le reiteramos nuestro apoyo para todas las decisiones que estén a bien tomar para que juntos podamos resolver y entregar sus apartamentos protocolizados como estaba programado.


 Por Promotora Metro Urbe I, La Gerencia
Juan Andrés Azpurua R

09 noviembre 2010

Inicio del Proceso de Tramitación de Créditos (Habitabilidad de Las Torres 9 y 10)

    Metrourbe1 se complace en informarle a sus clientes de las torres 9 y 10 la proximidad inminente del otorgamiento del permiso de habitabilidad. En consecuencia, se les invita a aquellos clientes que procesaran su crédito con Banco Provincial  a leer el siguiente anexo el cual contiene la hoja de recaudos necesarios para la obtención del crédito hipotecario, así como otra información vinculada al proceso crediticio de esta Institución. 


    De igual forma, se les exhorta a todos los clientes indistintamente de su forma de financiamiento o institución a suministrar los recaudos lo antes posible en nuestras oficinas, de esta forma nos anticipamos a contar con toda la documentación requerida para el proceso de protocolización. Recordamos que estamos a sus órdenes a través de nuestro Departamento de Tramitación de Créditos en la Calle 6 con Calle 9 en el Edificio La Industriosa P3 de la Urbanización La Urbina en la ciudad de Caracas, o a contactarnos a través del teléfono 204 9411



Para obtener Planilla Banco Provincial Haga Click Aqui

04 noviembre 2010

Información sobre la Providencia Administrativa No. 409 INDEPABIS



Caracas, 4 de Noviembre de 2010

Señores
Titulares de Opciones de Compra en la
Urbanización Las Haciendas de
Promotora Metrourbe1, C.A.

Presente.



         Nos dirigimos a ustedes en ocasión de compartir un mensaje en relación a las expropiaciones, ocupaciones y afectaciones que el Ejecutivo Nacional ha decidido emprender, en los últimos días.


         Tal como es del conocimiento público, el día domingo 31 de Octubre del 2010, el Presidente de la República informó en su programa televisivo  Aló Presidente la medida de expropiación a diversos desarrollos vecinos a nuestra Conjunto Residencial “Las Haciendas”, esta situación trajo consigo la natural angustia de que la medida pudiera ser extensiva a nuestro  Conjunto Residencial. En este sentido queremos informarles que la Urbanizadora Metrourbe1, no ha recibido comunicado, ni prohibición alguna de ningún organismo del Estado por lo que los procesos  de Construcción y Protocolización de inmuebles que actualmente se adelantan continuarán con toda normalidad.
         Es pertinente recordar que ya hemos comenzado a entregar apartamentos en las torres 11 y 12, en este sentido, estamos realizando esfuerzos importantes junto a la Banca Nacional, para acelerar las protocolizaciones de inmuebles.
         En otro orden de ideas, nos es grato informarles la aprobación por parte de la Ingeniería Municipal, de las inspecciones necesarias para el otorgamiento de los permisos de habitabilidad de las torres 9 y 10. Habida cuenta de lo anterior, estamos ya solo a la espera del proceso administrativo para la emisión de dicho permiso el cual es eminente.
         En cuanto al resto de las Torres podemos afirmar que su construcción se encuentra dentro de los tiempos establecidos en la planificación vigente.
         Creemos importante reiterar que Promotora Metrourbe1, C.A. esta persuadida que la forma correcta de encarar la incertidumbre es la indeclinable voluntad de respetar al marco legal vigente en todo su contenido y continuar contribuyendo con la disminución del déficit habitacional, para que todos podamos tener la vivienda digna, adecuada, segura y cómoda que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias tal como se establece en nuestra Carta Magna.
         Abrigando la esperanza de que estas líneas traigan consigo la tranquilidad que anhelamos para decidir y actuar correctamente, me despido no sin antes poner a su disposición nuestro departamento de Atención al Promisario para aclarar cualquier duda o inquietud que pudiera presentarse.

Atentamente,
Por Promotora Metrourbe1, C.A.


          
_________________________________
Vicepresidencia de Tramitación
0212-204.9411/ 0212-204.9546

06 octubre 2010

Respuesta Comunicación enviada por los Promisarios de las Torres 11 y 12

Señores:
Promisarios de las Torres 11 y 12 del
Conjunto Residencial Las Haciendas

Presente.-



                        El día 30 de Septiembre de 2.010, en horas de la tarde fué recibida una comunicación suscrita por un grupo de personas quienes se identifican como Promisarios de los Edificios 11 y 12, del Conjunto Residencial Las Haciendas, ubicado en la Urbanización El Encantado, y nos notifican su dirección de correo electrónico.

En nombre de la empresa Promotora, doy a ustedes las gracias por la mencionada correspondencia, la cual nos permite mantener un intercambio fluido de información que, seguramente redundará en beneficio de todos los interesados. De seguidas paso a responder su pliego en el mismo orden en que nos fueron formuladas las preguntas:

1) Permiso de Habitabilidad:

Consideramos conveniente aclarar que la denominación “Permiso de Habitabilidad”, ya no existe. En su lugar la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística, exige en su Artículo 95 la “Constancia de Recepción de la Certificación de Terminación de Obra”, la cual es expedida por la autoridad municipal. En nuestro caso la referida Certificación está siendo signada con el Nro. 1348 del 22 de Julio del presente año. Copia de la misma está a disposición de todos ustedes.




2) Vía Principal de la Obra:

El conjunto cuenta con dos vías principales, las mismas hasta la fecha no tienen nombres. En la obra, nos referimos a la vía sur y norte del sector C según su ubicación geográfica. En el caso de la vía sur, la cual presta servicio a los Edificios 7, 8, 9, 10, 11 y 12, la misma ya esta pavimentada y cuenta con todos los servicios proyectados, tales como cloaca, drenajes, etc. La misma inicialmente será utilizada tanto por los primeros Promisarios y la constructora, ya que por la topografía del terreno no tenemos otro acceso. Sin embargo, tomaremos las medidas necesarias para causar el menor impacto posible e incomodidades. Para ello, trataremos de mantener la limpieza de la vía y transitar con el mayor cuidado. Por último debemos señalar que la vía tiene la primera capa de asfalto de un espesor aproximado de 6 cm, habiéndose dejado una segunda capa de 6 cm aproximadamente, para cuando hagamos la entrega final.
3) Área de Estacionamiento:

Actualmente estamos trabajando en la instalación del ascensor del estacionamiento. El personal de Schindler está comprometido a entregar este equipo funcionando en un período menor a tres meses. Esperamos que, para las primeras entregas ya estén las puertas instaladas como medida de seguridad, caso contrario debemos colocar la protección necesaria para evitar accidentes.

En relación a los puestos de estacionamiento que, de acuerdo a la Ley de Propiedad Horizontal debe darse a cada apartamento, les informamos que el cumplimiento de tal obligación está evidentemente prevista por la Promotora. Sin embargo, es conveniente aclarar que algunos Promisarios se han dirigido a la Empresa, solicitando por razones de su propia conveniencia que se les cambie el puesto individual que le corresponde, por un puesto doble de los que se construyeron para la venta, cancelando la diferencia, en virtud del mayor valor del nuevo puesto. Cualquier información adicional que ustedes requieran, favor dirigirse a nuestro Departamento de Ventas, en el entendido de que estos cambios están sujetos a la existencia de puestos dobles disponibles.

4) Sistema de Seguridad:

Compartimos con ustedes sus temores respecto al problema de inseguridad que, a todos nos afecta por igual.

En ese sentido, es importante reiterar que, si bien es cierto, estamos dispuestos a colaborar en la medida de nuestras posibilidades, no es menos cierto que la responsabilidad en materia tan esencial corresponde al Estado, según lo establece el Artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

No obstante, mi representada en su afán de procurar la mayor comodidad a los Promisarios de las viviendas, cónsona con la naturaleza del Conjunto Residencial, constituyó conjuntamente con otras empresas, propietarias de lotes de terreno en la “Hacienda El Encantado”, una mancomunidad para la búsqueda de la vigilancia, seguridad, servicios y mantenimiento, de un sistema y servicio de seguridad y vigilancia integral moderno, tomando en cuenta la seguridad como derecho humano protegido por nuestra Carta Magna, y los tratados Internacionales refrendados por la República. Dicha mancomunidad consta en documento autenticado ante la Notaría Pública Tercera del Municipio Sucre, anotado bajo el Nro. 21, Tomo 39 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría. Asimismo, en el Manual del Propietario, el cual es entregado a cada adquiriente, se contiene información sobre el aludido Sistema de Vigilancia. Para aquellos residentes que, decidan instalar rejas, les recomendamos la lectura del referido Manual del Propietario en el cual se encuentra contenida la correspondiente reglamentación.

5) Condominio:

Todo lo relacionado con el Condominio General del Conjunto, está perfectamente determinado en el documento inscrito en el Registro Público del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, en fecha 30 de Agosto de 2010, bajo el Nro. 10, Folio 84 Tomo 333 del Protocolo de Transcripción del presente año.

Asimismo, la Administración de cada etapa se rige por lo que establezca el Documento de Condominio Particular de cada etapa.

Es importante también que ustedes lean lo establecido en el Título Segundo, Artículos 18 al 25, ambos inclusive, de la Ley de Propiedad Horizontal, en cuyo texto se contienen las normas relativas a la Administración del Condominio.

6) Seguridad en los Barrancos:

El talud ubicado en la parte frontal del edificio posee una altura cercana a los de 10 metros de altura. En el mismo se colocó una cerca vegetal con matas del tipo: EUGENIA, y adicionalmente se está instalando una reja de  1,10 metros de altura para lograr mayor protección. Sin embargo debemos recordar que la guarda y custodia de los menores, corresponde a sus padres.

La canal ubicada en la parte posterior de las torres, tiene como propósito, canalizar todas las aguas del talud y de los bajantes de aguas de lluvia del edificio. La misma quedara tapada con unas losas de concreto separas cada una de ella por 10cm aproximadamente, esto con el fin de evitar cualquier tipo de circulación sobre esta canal, ya que la misma no esta diseñada para pasar sobre ella en ningún tipo de vehículo (bicicleta, coches, etc.) ni tampoco peatones. La misma contara con tapas a todo lo largo y actualmente ya esta concluida.

7) Ascensores de las Torres:

Los mismos están funcionando normalmente. Sin embargo, y por razones de garantías, los mismos deben ser recibidos por la junta de condominio, o en su defecto por algún propietario que junto con la constructora observe que los mismos están totalmente equipados y sin daños. En referencia al tema de el establecimientos de horarios, nos parece una excelente idea, y la misma deberá canalizarse una vez tengamos Promisarios habitando los inmuebles, pero reiteramos que debemos hacer la entrega y debe existir un propietario responsable de la recepción.

8) Cajetines Eléctricos Posteriores a las Torres 11 y 12:

Entiendo que se refieren a los módulos de medición de la Electricidad de Caracas. Los mismos están ubicados en la parte posterior de las torres ya que deben estar en un lugar accesible para su medición por parte del personal de dicha empresa. Debemos agregar que la ubicación y diseño de los mismos, forman parte del proyecto que ordenó la Electricidad de Caracas, y nosotros lo ejecutamos tal cual estaba diseñado. En términos de protección y paisajismo se sembró en los alrededores arbustos del tipo EUGENIAS, para lograr una cerca vegetal que deberá minimizar el impacto visual.

                        Hemos procurado responder sus inquietudes con la mayor rapidez. Es por ello que, existe la posibilidad de que ustedes requieran una mayor información. A tales efectos, le agradecemos dirigirse al Correo Electrónico  promotorametrourbe1@gmail.com


Atentamente,
Por: Promotora Metro Urbe I C.A.